Las personas naturales o jurídicas que tengan RUT e iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
Conocimiento de embarque original carta de porte o guía aérea que acredite el dominio de la mercancías por parte de consignatario. Factura comercial original o copia legalizada por importador, que acredite la mercancía objeto de compraventa y sus valores. Lista de Empaque en los casos que mercancías venga acondicionada en contenedor o pallet Declaración Jurada del importador sobre el precio de las mercancías formulario que entrega el agente de aduanas Mandato constituido por el solo endoso de original de conocimiento de embarque. Certificado de Seguros cuando el valor de a prima no se encuentre consignado en la factura comercial. Certificado de Origen si procede en virtud de un acuerdo comercial, Nota de gastos cuando estos no estén incluidos en la factura comercial visaciones, certificaciones o vistos buenos cuando proceda
Puede importarse cualquier mercancia salvo aquellas que se encuentren expresamente prohibidas por la legislación vigente
Vehículos usados (sin periuicio de las franquicias establecidas en la normas vigentes) Motos usadas Neumáticos usados recauchados Asbesto en cualquiera de sus formas Pornoarafia Desechos industriales tóxicos Mercancias que sean peligrosas para los animales. para la agricultura o la salud humana (por ejemplo algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno. adhesivos fabricados en base a solventes volatiles) las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud. del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado. Otras mercancías, que de acuerdo a a legislacion vigente. se encuentren con prohibicion de importar
Por regla general las importaciones están afectas al pago del derecho ad valorem (6%) sobre su valor CIF (costo de la mercancía + prima de el seguro + valor del flete) y al pago del IVA (19%) sobre su valor CIF más el derecho ad valorem.
En virtud del artículo C-07 del TIC Chile-Canadá la importación de las máquinas y aparatos para el tratamiento o procesamiento de datos. se encuentra libre de derechos de aduana por aplicación de a cláusula de la nación mas favorecida
siendo irrelevante el orden o procedencia de a mercancia
Para acreditar el origen de las mercancías. para efectos preferenciales arancelarios. no preferenciales. aplicación de cupos para cualquier otra medida que la ley establezca.
Es aquella utilizada para consumo personal. hacer pruebas de laboratorio. pruebas de mercado u otras similares. Se debe tener en consideración que estos productos no han sido evaluados por la Seremi de Salud correspondiente por lo tanto no pueden ser comercializados y la responsabilidad y consecuencias de su consumo es de quien hace uso de ellas.
Las sustancias químicas peligrosas afectas al tramite de internación que establece la ley 18 164 de Ministerio de Hacienda se encuentran detalladas en la Resolución N° 714/02 del Ministerio de Salud.
a. No deben tener carácter comercial. entendiéndose que lo tienen cuando se traen en cantidades que exceden al uso necesidades ordinarias del viajero.
b. Deben ingresar conjuntamente con el viajero, o dentro de los 120 días anteriores o posteriores a su arribo al país. En estos últimos casos ademas las mercancías deberán venir consignadas a su nombre en el manifiesto vio documento de transporte correspondiente chileno que ha permanecido por anos en el extranjero y desea regresar al país.
Ser chileno mavor de 18 años Haber permanecido en el extranjero en forma continua y sin interrupciones durante un año o más y que regresen en forma definitiva al país. Lo anterior. se acredita mediante un certificado de viajes. emitido por la jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional.
El vehículo que se importe al país acogido a esta franquicia puede ser nuevo o usado.
Para la importación de maquinaria de uso agrícola v foresta usada se debe presentar un CDA otorgado por e SAG Se establece la obligatoriedad de presentar Certificado de Destinación Aduanera (CDA) en la importación de maquinarias de uso agrícola y forestal usadas. por tratarse de mercancías que tienen el carácter de peligrosas para los vegetales e impedir el ingreso de plagas de los vegetales al territorio nacional.
El ingreso temporal de mercancías estará gravado con una tasa cuyo monto será un porcentaje variable sobre el total de los gravámenes aduaneros e impuestos que afectarían su importación, determinados según el plazo que vayan a permanecer en el país.